DE 1821 A 1857.
DEL MÉXICO INDEPENDIENTE
A LA CONSTITUCIÓN DE 1857
El México Independiente tubo que instituirse como Imperio conforme los Tratados de Córdoba que, a su vez, representaban el
espíritu del Plantan de iguala propuesto por Agustín de Iturbide.
Así, a unos cuantos días del triunfo independentista y en horas de instaurar al Estado como monarquía constitucional moderada, la Junta Provisional Gubernativa, en su sesión del 22 de octubre de 1821, analizó la posibilidad de reformar el sistema fiscal de la nueva nación. Sin embargo, ningún cambio fue propuesto, pues de acuerdo al artículo 14 de los Tratados de Córdoba, dicha Junta sólo discutiría los problemas más urgentes, y la forma administrativa del erario del nuevo país no era una de ellas.
Al elaborar el Plan de Iguala, Agustín de Iturbide dispuso la instauración de esta Junta que se encargaría del poder mientras algún miembro de la
Corona Española ocupaba el cargo, tal como se estableció posteriormente en
el Tratado de Córdoba. La Junta estuvo integrada por connotados eclesiásticos,
oidores, abogados, nobiliarios, militares, hacendados, comerciantes y miembros
del Ayuntamiento de México.
BREVE HISTORIA HACENDARIA DE MÉXICO
El contexto histórico en que se desenvolvieron las
finanzas públicas de la Colonia, pues si tomamos en cuenta que el
fisco novohispano durante muchas décadas estuvo preparado para
hacer frente a cualquier circunstancia inevitable o eventual, nada
raro tiene entonces que el nuevo gobierno decidiera mantener la
misma administración hacendística, acostumbrada a la constante
centralización de oficinas, reordenamiento de la administración
provincial, fiscalidad extraordinaria.
Por otro lado, la Junta no
considerara apremiante modificar el sistema fiscal español, resultó un numeroso desacierto que la joven nación tendría que pagar con creces en los años venideros, pues si bien es cierto que la real hacienda debió adecuarse a la tornadiza realidad económica, también lo es que en muchos casos dicho acondicionamiento
consistió en “remiendos y des remiendos” que la deterioraron
hasta hacerla ineficaz, lo cual se observa en la utilización cada
vez más frecuente de organismos privados para la recolección de
contribuciones extraordinarias.
MÉXICO INDEPENDIENTE A CONSTITUCIÓN DE 1857
México Independiente mantuvo vigentes las prácticas comerciales establecidas durante la época colonial. Dentro de los productos objeto de exportación se encontraban primordialmente los metales acuñados, las maderas
y los cueros; y menor medida, los acuñados en pasta, la vainilla,
cochinilla, tabaco, palo de tinte, raíz de Jalapa, zarzaparrilla, ixtle y los cereales.
Los impuestos de exportación generaban un
aproximado de $1.5 millones de pesos anuales; empero, de acuerdo
con López Rosado, resulta complicado obtener el número real de
exportaciones durante este periodo, debido al comercio clandestino, al contrabando y al comercio que no se registraba por diversas circunstancias.
En resumen, el comercio, tanto exterior
como interior, también estaba en crisis, y se empeoró aún más
cuando la Junta Provisional Gubernativa eliminó el impuesto del
10% que se cobraba a la exportación de mercancías y disminuyó
el derecho de alcabala del 16% al 6%.
En coincidencia, el gobierno británico intentaba, de manera
no oficial, evaluar la viabilidad de entablar relaciones comerciales con nuestro país como una forma diplomática de preservar y
respaldar el recién triunfo de la Independencia y como un medio
indirecto de amenazar a España. De este modo, las relaciones comerciales entre México y Gran Bretaña asumieron la forma de un tratado comercial
basado en la filosofía del libre intercambio.
La inexacta política fiscal de recorte a los ingresos ordinarios para improvisar
otros de carácter extraordinario se atemperó precipitadamente
con la fuga de los capitales españoles. Las finanzas públicas del
país estaban representadas por un abrumador caos legislativo,
por un sistema fiscal enrevesado, anacrónico y laberíntico, sin
pies ni cabeza.
En 1823 un decreto creó una contribución directa en forma de
cuota anual sobre el importe de los sueldos, utilidades o cualquier
otro ingreso, correspondiente a tres días de las percepciones de
cada uno de los habitantes del país.
Para 1825, ya como presidente el general Guadalupe Victoria, los recursos económicos obtenidos mediante préstamos extranjeros se destinaron a vestir, armar y aumentar el Ejército y la
Marina, socorrer a Nuevo México, California y todas las fronteras, acallar los clamores de los empleados de la República, atrasados en sus sueldos, y a cubrir las atenciones de la administración.
En semejantes términos lo reconocería Manuel Gómez Pedraza
al arribar al poder en 1832, encontrando al erario exhausto y empeñado en una deuda inmensa, con atrasos enormes en los pagos.
Para 1834, al percatarse del terrible desorden legislativo en
materia fiscal, Valentín Gómez Farías reconoció que era urgente
la creación de leyes bien meditadas que sacaran a la hacienda
pública de la nulidad en la que había quedado inmersa tras los
desórdenes de la guerra.
Por estas razones, pero bajo el primer
mandato presidencial de Anastasio Bustamante, se buscó, por un
lado, arreglar los ramos de la administración para aumentar el
crédito nacional y cubrir las atenciones del servicio público; por
el otro, la organización legislativa de la renta del tabaco y el arreglo de las aduanas marítimas a fin de evitar el contrabando.
Con el propósito de restablecer la economía y pagar los multiplicados préstamos que agravaban a la nación, siendo Santa Anna titular del Poder Ejecutivo, en 1839 el Congreso General aprobó un sistema de contribuciones indirectas y destinó la sexta parte de las aduanas marítimas al pago de la deuda extranjera. No obstante la crisis financiera y el desnivel del comercio, la inmoralidad y avaricia de los altos funcionarios de la hacienda pública y la corrupción de algunos jueces terminaron de nulificarla, amasando fortunas sobre la ruina del erario, al punto que el entonces presidente del Congreso, Antonio Madrid, llegó a exclamar: “mientras subsistan los abusos que se absorben y consumen todos los caudales de la Nación, en vano es pensar en nuevas contribuciones”
Según Jáuregui, en 1842 se estableció el paquete fiscal más
importante de la primera etapa de la época independiente, que
contenía contribuciones directas, y que sirvió de plataforma tributaria para el gobierno de Santa Anna en 1853. Además, dicho
autor destaca que en la década de los años cuarenta se publican
las “recopilaciones” que contenían decretos, circulares y reglamento, cuyo propósito era generar manuales de procedimiento
legales y administrativos.
De acuerdo con Enrique Florescano y María Lanzagorta, los veinte años que transcurren entre 1846 y 1867 representan
la más profunda crisis económica del México independiente. En
1846 el país es invadido por fuerzas militares estadounidenses
que provocaron la pérdida de más de la mitad del territorio nacional.
Si bien el 12
de junio de 1848 los invasores americanos abandonan la capital
del país, Yucatán amenaza con separarse, al mismo tiempo que
acontecen revueltas en Sierra Gorda.
A partir de la segunda mitad del siglo XIX que se vislumbra
por primera vez cierto grado de organización en el sistema fiscal mexicano. Alternando la presidencia en 1849, y consciente
que de la organización de la hacienda dependía la existencia de
la República,89 Joaquín de Herrera fomentó la iniciativa para la
creación de un banco nacional que daría orden en el pago de
la deuda, facilitando diferenciar lo que pertenecía a la hacienda
o a sus acreedores.
En 1851 propuso la creación de la Milicia
Nacional que ahorraría recursos al erario al estar integrada por
civiles adiestrados en el manejo de las armas que las tomarían
sólo en servicio activo.
Asimismo, ordenó a las comisiones de
las cámaras un sondeo para cuantificar la deuda pública externa,
que hasta entonces se desconocía y que resultó ser menor a cien millones de pesos.
Estas medidas contribuyeron a la recaudación de más de diez millones de pesos, que fueron íntegramente
pagados a los acreedores de la nación.
Por otro lado, de acuerdo
con López Rosado, en el ejercicio fiscal de 1849-1850 el monto
de la deuda pública interna ascendía a $75 millones, de los cuales $39 millones correspondían a la que se contrajo antes de la
Independencia. Para 1852, la cifra se redujo a $31.2 millones,
pero incrementó con rapidez la de la deuda exterior, gracias a los
despilfarros durante el gobierno dictatorial de Santa Anna,93 que
provocaron mayores atrasos en la paga a las divisiones militares
en servicio activo y a los empleados de la lista civil.
Como es sabido, la época de Santa Anna no se destaca por
ser liberal, sino todo lo contrario. Bajo el contexto de toda dictadura, censuró la libertad de expresión, y el poder impositivo tuvo
tintes represivos y confiscatorios.
Los años entre la revolución de Ayutla y la república restaurada se vieron algunos intentos por establecer contribuciones directas. No obstante, las escasas que hubo no tuvieron una alta
recaudación y el objeto del tributo fue para gravar las fincas rústicas urbanas.
Asimismo, el 4 de octubre de 1845 se implementó un nuevo arancel general de aduanas marítimas y fronterizas
para tratar de regular el comercio de mercaderías.
El régimen mexicano de exportación se sustentaba por los
metales preciosos. En 1853 Miguel Lerdo de Tejada advertía que
de los $27 o $28 millones a que ascendía el valor total de las exportaciones en 1853, $23 o $24 millones provenían de metales
preciosos y el resto los conformaban los productos agropecuarios. De acuerdo con estos cálculos, en el lapso de 1825 a 1853,
el valor de las exportaciones totales incrementó a un ritmo anual
promedio de 18%, mientras que el de los metales preciosos creció
a un 26%.
En 1857 la promulgación de una nueva ley fundamental que, al delinearse bajo el ideario del partido liberal, sentó
las bases de un gobierno del mismo matiz.
La Constitución de
1857 tuvo como uno de sus objetivos principales la reorganización de la hacienda pública, por lo que buscó simplificar las numerosas partidas de ingresos y egresos de la Federación, uniformar el régimen hacendario de los estados con el de la Federación
y limitar la facultad impositiva de los estados.
Ignacio Comonfort,
ordenó que se acordaran nuevas plantas del Ministerio de Hacienda de la Aduana de México con la Sección de Contribuciones Directas y de la Tesorería General. Se decretara un nuevo término para la presentación de los créditos admisibles en el
fondo de la deuda interior consolidada, la libre elaboración y expendio de naipes, el establecimiento de una Casa de Moneda en
Oaxaca, y la clasificación de rentas.
De
acuerdo con el entonces ministro de Hacienda, Miguel Lerdo de
Tejada, esto se debía a la creciente multitud de pensionistas en
los ramos civil y militar que vivían del gobierno con los títulos de
retirados, cesantes, jubilados, viudas y demás denominaciones.
la organización del esquema tributario de
la Constitución de 1857 se limitó a un intento por nacionalizar el
sistema de recaudación de impuestos, partiendo de una moderación de las potestades tributarias locales respecto del ámbito fiscal
federal en aras de simplificar los casi infinitos renglones económicos de los presupuestos. Más la realidad deficitaria imperante,
el endeudamiento público y los incesantes pagos de marcha a los
familiares del cuerpo castrense retrasaron la buenas intenciones
constitucionales.
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